sábado, mayo 14, 2005

El canon contra la piratería

Para comprender el daño que supone la piratería en España basta conocer algunos datos. Por ejemplo, las pérdidas en el sector audiovisual se estiman en 750 millones de euros y 300 millones en el sector del videojuego, afectando a un número aproximado de 50000 mil trabajadores solo en nuestro país. Y es que, según los últimos datos conocidos publicados en ADESE, son 70 millones de copias ilegales las que circulan por tan solo 40 millones de copias legales. Con el conocimiento de estos someros datos, es comprensible que las Organizaciones para la defensa de la propiedad intelectual se hayan movilizado con el fin de acabar con esta insostenible situación. Pero, ¿es el canon la solución al conflicto?

El canon

Una de las medidas adoptadas para mitigar el escandaloso fraude fiscal que supone la piratería, fue el acuerdo al que llegaron hace casi dos años AIE (Artistas Intérpretes o Ejecutantes), AISGE (Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión), EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual), SGAE(Sociedad General de Autores y Editores), DAMA (Derechos de Autor de los Medios Audiovisuales) y CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos), además de la Asociación Multisectorial de Empresas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC), para la implantación de un impuesto sobre los CD´s y DVD´s vírgenes. El importe adicional a pagar por cada CD o DVD, estaría comprendido entre los 13 céntimos y los 1´40 Euros, dependiendo de las características del soporte.

El conflicto con este canon viene dado por el hipotético empleo que los consumidores españoles damos a los CD´s gravables. Para el cobro de este canon, las organizaciones para la preservación de la propiedad intelectual, alegan que el 77% de los discos vírgenes son usados para grabar música o películas bajadas de Internet o transferidas entre usuarios en la propia red. Pero entonces surge la pregunta: ¿Por qué debe el 23% restante pagar el canon cuando el uso que da a los CD´s y DVD´s vírgenes es para grabar datos de apuntes de clase, fotografías o archivos de video grabados con una cámara personal si nada de esto constituye un delito?

Algo que no han tenido en cuenta estas entidades privadas (SGAE, AISGE, etc.) es que el Texto Refundido de la ley de Propiedad Intelectual en su artículo 25, apartado 3, excluye del pago de esta remuneración a los programas de ordenador y todas sus variantes. El Partido Popular, presentó el pasado mes de Marzo un Proyecto de Ley modificando la Ley de Protección de la Propiedad Intelectual, por el cual el apartado 3 del artículo 25 quedará redactado de la siguiente manera:

«Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a los programas de ordenador, los equipos informáticos, las conexiones a Internet, los soportes en cds y dvds, así como cualquier otro dispositivo informático y sistemas de almacenamiento y/o reproducción digital.»

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA), ya se ha movilizado enviando cartas a los Ministerios de Cultura, Sanidad y Consumo e Industria, Turismo y Comercio con el fin de modificar esta injusta ley que nos hace pagar un impuesto sobre un soporte (CD y DVD virgen) que posee tan diversas utilizaciones exentas de constituir un delito. Otra medida de presión que La FACUA ha iniciado, es un sistema de recogida de firmas en la red, dando de este modo a los consumidores españoles una forma de mostrar nuestro desacuerdo con el impuesto adicional.

Otra asociación que se ha movilizado desde el principio contra el canon es la AI (Asociación de internautas). En una entrevista concedida recientemente al diario las provincias de Valencia, el Vicepresidente de la AI, mostraba su total desacuerdo arguyendo que “los usuarios tenemos derecho a hacer copias privadas e intercambiarlas con quien queramos siempre que no exista un ánimo de lucro en la transacción”.

La AI sugiere a los usuarios solicitar la factura en la que conste su desglose para, con ella, "exigir de las entidades a las que se les va a entregar el importe de tal canon su reembolso por no haber destinado el soporte adquirido a copia privada, sino a copia de programas de ordenador con sus distintos componentes"

La solución a este conflicto puede darse el próximo día 18 de Mayo cuando el Senado estudie la proposición del Partido Popular y decida si aprobar o no la modificación del artículo 25, en su apartado 3.

El Senado dispone de un Canal TV para la visualización de sus debates y votaciones en directo, bien por Internet (requiere Real Player) o bien por vía satélite (Hispasat). Para seguirlo pulsa aquí